La Juez cierra cautelarmente la perrera de Puerto Real e inhabilita al veterinario
El Refugio solicitó medidas cautelares para el cierre de la perrera y la inhabilitación para la tenencia y profesión con animales de los imputados

El Refugio denunció los presuntos maltratos a los animales y se personó como acusación, solicitando como medidas cautelares el cierre de las instalaciones de la "perrera de Puerto Real" y la inhabilitación para la tenencia y profesión con animales de los imputados. Ahora, la juez del Juzgado nº 2 de Puerto Real, en un auto novedoso cierra cautelarmente la perrera de Puerto Real e inhabilita para la profesión y tenencia de animales al veterinario titular. Desde El Refugio se aplaude cada párrafo de este auto de la juez. Es la primera vez en España que se cierra de forma cautelar una perrera.

La juez fundamenta el auto en el minucioso informe del Seprona de 64 páginas y en las declaraciones de varios testigos y de los imputados, además de las contradicciones del veterinario titular R.P.B. en su declaración ante la juez el martes pasado.

"Este auto con el que se cierra cautelarmentela perrera de Puerto Real, es un gran paso adelante en la protección animal. Desde El Refugio aplaudimos cada párrafo de los cuatro folios redactados por la juez del Juzgado nº 2 de Puerto Real. Esta decisión nos anima a continuar trabajando en defensa de los animales", manifestó Nacho Paunero, presidente de El Refugio.

En el auto se puede leer textualmente:

Las diligencias practicadas por esta instrucción ponen de relieve la necesidad de adoptar la medida cautelar consistente en la clausura del centro de recogida de animales, sito en Puerto Real y con respecto a R.P.B. la necesidad de adoptar la medida cautelar de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión como veterinario así como para el ejercicio de cualquier otra profesión relacionada con animales domésticos. Y ello por considerar que concurren los presupuestos de tales medidas (existencia de indicios de criminalidad o necesidad de protección inminente de bienes jurídicos y proporcionalidad).

Las diligencias ya practicadas ponen de relieve la existencia de indicios suficientes de que el veterinario titular R.P.B. pudiera ser el responsable en concepto de autor de un delito de maltrato de animales domésticos del artículo 337 del código penal, esto es del maltrato con ensañamiento y de forma injustificada de animales domésticos que les cause la muerte. Así se considera en primer lugar a partir del minucioso informe del Seprona ya que las conclusiones que recoge son totalmente coherentes con lo declarado por dos ciudadanos extranjeros acerca de la muerte de uno de sus perros y la desaparición de otros dos. Estos hechos son determinantes en orden a la persecución del delito de denuncia falsa y con respecto a la infracción del artículo 337 del código penal, que es la que justifica sin duda la adopción de las medidas, constituyen un elemento más a valorar. Resultan trascendentales las menciones en el informe del Seprona acerca de las sustancias que fueron encontradas por dichos agentes "... se observa gran cantidad de (...) jeringuillas y agujas desechables usadas, (...) 53 ampollas de vidrio opaco vacías de 10 ml. del fármaco denominado MIOFLEX BRAUN 500 MG, no hallándose ningún otro envase de medicamento veterinario. Preguntado el veterinario titular para que muestre igualmente los envases completos y/o vacíos del medicamento supuestamente utilizado denominado Calmo Neosan, que dice utilizar conjuntamente con el detectado Mioflex Braun, en el sacrificio de los especímenes de perros y gatos; el mismo en unión de los agentes intervinientes se trasladan al edificio donde se encuentran ubicadas las oficinas de administración y dirección, sacando de un cajón situado en una sala contigua únicamente un (1) envase de 100 ml de este medicamento ya utilizado anteriormente y que se encuentra caducado (...)".

Junto a ello se valora igualmente la declaración testifical de una veterinaria de profesión que en una ocasión asistió a la práctica que efectuó el veterinario R.P.B. del sacrificio de un perro de raza cocker de color negro, relato de hechos que indiciariamente esta instrucción considera que encajan en la descripción del tipo penal de maltrato de animales domésticos en su modalidad de delito.

Por último, con especto a la existencia de indicios de criminalidad también son determinantes las declaraciones de las personas que han sido llamadas como imputados en este procedimiento. En cuanto a la declaración, el pasado martes, del guarda del centro es de destacar que sus respuestas acerca de la práctica de eutanasias en aquel lugar, concretamente si en alguna ocasión ha asistido a alguna de ellas o ha participado de alguna forma en las mismas, han sido ciertamente evasivas. En cuanto a las explicaciones ofrecidas en su declaración, el martes pasado, el veterinario titular R.P.B. acerca de la forma en que utiliza la sustancia MIOFLEX en la práctica de "eutanasias" a los animales, no resultan convincentes, máxime cuando por un lado manifestó desconocer cuál es el principio activo de esta sustancia pero, por otro, manifestó aplicarla post mortem como miorelajante.

Con este auto los ayuntamientos como Cádiz, Puerto Real, Algeciras, entre otros que todavía tienen contratos con la perrera, tienen la oportunidad de cancelarlos. Desde El Refugio nos pondremos en contacto de nuevo con ellos y en breve les haremos llegar la documentación necesaria para que cancelen los contratos.

Desde El Refugio se recuerda que según datos oficiales, el número de animales sacrificados en la perrera de Puerto Real sólo durante el año 2007, son los siguientes: enero (37); febrero (42); marzo (62); abril (68); mayo (83); junio (83); julio (55); agosto (136); estos datos reflejan un total de 566 perros y gatos sacrificados supuestamente con el paralizante muscular Mioflex. Según El Refugio son sólo los datos oficiales, los reales podrían ser mucho mayores, ya que podrían no estar reflejados los animales que han sido llevados por sus propios dueños a sacrificar.

El Refugio denunció los supuestos hechos ilícitos ante el Seprona el pasado 15 de junio, después de una instrucción impecable por parte del Equipo de Investigación del Puerto de Santa María de este cuerpo que elaboró un informe de 64 folios, se inicia un procedimiento penal en el Juzgado nº 2 de Puerto Real. El Refugio está personado como acusación en el pimer procedimiento penal contra una perrera en España. Los supuestos penales que se imputan son: supuestos delitos de falsedad documental y denuncia falsa, así como delito continuado de maltrato de animales.

En la perrera de Puerto Real se recogen miles de perros y gatos, anualmente, de varios municipios de la provincia de Cádiz. Supuestamente los animales recogidos son sacrificados con un paralizante muscular que es inyectado indiscriminadamente ocasionando a los perros y gatos recogidos una muerte lenta y agónica por asfixia que en la mayoría de las ocasiones puede durar varios minutos, durante los cuales el perro o el gato está absolutamente consciente hasta que muere asfixsiado ya que afecta a los músculos respiratorios.

El horror en la perrera de Puerto Real, supuestamente lleva sucediendo durante años. Dicha perrera es una empresa que figura como sociedad limitada en el registro de sociedades y cuyo administrador único y dueño de la misma es Plácido Gómez Muñoz, se da la circunstancia que el nombre de dicha sociedad es el de Asociación Protectora de animales S.L. Según El Refugio en muchos casos, este tipo de empresas que recogen animales sólo buscan ganar dinero, aparentan proteger a los animales pero en ningún caso lo hacen.

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Puedes ver éste y otros vídeos de El Refugio en: www.elrefugiotv.org,
la primera televisión de los animales.

 
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